A inicios del mes de noviembre, la prensa cubana nacional dio a conocer a la población las principales modificaciones en el reglamento de la Licencia de Operación del Transporte. Al respecto, y como es costumbre ya, Cubahora convocó al diálogo a sus lectores a través del foro debate: Medidas para operar el transporte de pasajeros en automotores privados ¿consideraciones?
Según dio a conocer en conferencia de prensa Marta Oramas, viceministra primera del Transporte, el perfeccionamiento en la actividad de transporte de carga y de pasajeros estuvo precedido de un amplio proceso de recepción de opiniones y sugerencias de las quejas, tanto de la población como de los transportistas.
Dentro de las principales modificaciones se encuentra la unificación en una sola modalidad de licencia, denominada regular, las actuales modalidades libre y de ruta en la transportación de pasajeros.
Según explicó la funcionaria, la modalidad regular consiste en el transporte de pasajeros o de cargas que se hace desde un destino en un tráfico autorizado. Este transporte se cobra, teniendo en cuenta el límite de los precios máximos que tengan establecidos los Consejos de la Administración. Además, puede realizar un servicio puerta a puerta (a petición del usuario) y no puede brindar el servicio de alto confort o clásico.
La mayoría de los foristas hizo referencia a las inconformidades con los precios. Para Enrique aun cuando la temática ha sido tratada en diferentes medios de prensa, incluidos los espacios televisivos, debe profundizarse en cómo se va a controlar que no se incumplan los precios que se fijan, pues para él, todo no puede dejarse a la denuncia de los afectados.
Henry, por su parte, opinó que el primer paso para ello sería emitir comprobantes de pago o mecanismos similares según el caso, que se respeten los precios y que sean justos. Agregó, además, la importancia de revisar el estado técnico de los vehículos, sin espacio a la flexibilidad con “trucos y marañas”, por supuesto que la calidad de nuestras calles y avenidas tienen mucho que ver con esto.
Este perfeccionamiento establece un precio diferenciado del combustible en cup para los transportistas: diésel regular, 8,00 pesos el litro; gasolina motor b 83, 8,00 pesos el litro; gasolina regular b 90, 10,00 el litro, y gasolina especial b 94, 15,00 pesos el litro. Medida que beneficia en gran medida a la población, según Oramas, para que pueda recibir un servicio con un precio aceptable.
Otro de los supuestos es que se elimine totalmente en el país el precio de oferta y demanda en los servicios básicos, que brindan estos porteadores privados (entiéndase los servicios que se hacen en las rutas principales, desde las terminales, las estaciones y los puntos de embarque).
Al respecto, un usuario identificado como @ppCARLITOS comentó que el problema principal está dado porque a pesar de que se legisla sobre la base de "oferta y demanda", la misma no existe. Lo que casi siempre vemos es una oferta y mucha demanda.
En su intervención, el usuario puso como ejemplo la dificultad para viajar a otras provincias, sobre todo en la terminal de última hora. “Ahí ve gran cantidad de camiones, unos en buen estado o confortables, otros que a la vista parecen sacados de un rastro. Pero lo más triste es que a pesar de haber tantos usted no puede escogerlos. Solo tendrá una sola oferta y no varios litigando por un viaje a Bayamo y a diferentes precios. Eso no es oferta y demanda. Lo mismo sucede con los almendrones cuando hace cola para transportarlo”, concluyó.
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Según la licencia, los transportistas se van a regir por los precios que se establezcan en cada uno de los Consejos de la Administración municipales y provinciales.
Otra de las medidas está relacionada con las licencias de extensión nacional para la transportación de pasajeros en camiones, camionetas y ómnibus. Se plantea que estas deben disponer de ventanillas o climatización, tener los asientos fijos al suelo, contar con iluminación suficiente y con un sistema de aviso entre el salón y la cabina del chofer.
Para la obtención de estas licencias es necesario ser titular de una cuenta bancaria fiscal para realizar las transacciones de cobros y pagos y tener suscrito un contrato con Financiera Cimex S. A. para la adquisición del combustible, mediante tarjeta magnética.
Según las nuevas disposiciones, una persona natural puede solicitar esta licencia para brindar un servicio con un medio de propiedad de su cónyuge o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, nietos, abuelos) y primer grado de afinidad (suegros, nueras y yernos).
En estos casos, quien solicita la licencia tiene que demostrar el grado de consanguinidad y presentar la autorización del propietario del medio.
Las normas entran en vigor a partir del 5 de enero del próximo año y con ellas se pretende estandarizar en todo el país la experiencia de La Habana del consumo de combustible por los transportistas privados, a través de tarjeta magnética.
El escribimos loco
7/12/19 19:49
Con cada nueva regulación resulta más sorprendente. Es como si los funcionarios encargados de redactar las no viviesen en el país. Precios topados? Que salgan a la calle y alquiler un auto. Grados de consanguinidad para licencias? No merece la pena comentarlo
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