En la habitual reunión que realiza diariamente el Consejo de Defensa Provincial (CDP) de La Habana se decidió restablecer, como en ocasiones anteriores, la municipalización del Comercio en la ciudad, medida que entrará en vigor a partir de este miércoles 10 de febrero.
La decisión se tomó tras ser consultada con el Grupo Temporal Nacional de Enfrentamiento a la COVID-19, que encabeza el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.
La adopción de esta medida implica que las personas solo pueden hacer compras en las tiendas de su municipio de residencia, similar a la experiencia implementada en septiembre de 2020.
De acuerdo con Luis Carlos Góngora Domínguez, Jefe de Grupo Temporal del CDP y vicepresidente del Consejo de la Administración Provincial, esta disposición contribuirá a frenar la dispersión del SARS-CoV-2 por los territorios capitalinos y ya fue informada a los intendentes municipales, jefes de grupos de Lucha Contra Coleros (LCC), las direcciones de las cadenas de tiendas y demás organismos que intervienen en el comercio de productos de alta demanda.
La Habana desde el último rebrote de la enfermedad en enero se ha mantenido a la cabeza de la lista de provincias con mayores índices de contagios, por lo cual ha tenido que implantar medidas de restricción de movimiento de las personas como la limitación del número de pasajeros en el transporte y los horarios para el traslado, además de ampliar el trabajo a distancia.
A estas disposiciones se suma ahora la regulación para la compra de productos en el propio municipio de residencia, la cual entrará en vigor desde este miércoles, y para cuya aplicación se retomará la experiencia de otros momentos en los cuales las personas debían mostrar su carnet de identidad o un autorizo, en caso de convivir en una demarcación diferente a la del documento de identidad.
La medida se hará efectiva para los establecimientos comerciales de las cadenas de tiendas de CIMEX, Tiendas Caribe, TRIMAGEN y Caracol, los MAI y los Mercados Ideales. Las tiendas en MLC, los Mercados Agropecuarios y otros no mencionados en la presente, se exceptúan de esta regulación.
Según el documento dado a conocer por Góngora Domínguez, para aquellos casos excepcionales que viven en un municipio y su carnet de identidad no lo acredita como tal, los Consejo de Defensa Municipales (CDM) emitirán una Tarjeta de Uso temporal, la que se entregará por núcleo familiar, debiendo expresar la dirección del mismo. Los casos que requieran más de una tarjeta por núcleo serán evaluados puntualmente y los CDM estarán facultados para ello. El proceso de entrega se organizará a nivel de Consejo Popular.
Se reitera que se mantiene el horario de venta y servicio aprobado para esta etapa, de lunes a sábado de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. y los domingos de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Igualmente, se aplicará la experiencia de los puntos de ventas en los lugares donde la comercialización de estos productos está más desprotegida.
Para ello, se conformó una red de 154 puntos, que deben recibir productos al menos una vez en la semana para satisfacer la demanda de esas poblaciones donde la cobertura comercial no es la adecuada.
A su vez, se mantienen las medidas que han implementado los CDM para la atención a personas vulnerables, en sus municipios de residencia.
En aquellas tiendas y establecimientos que están ubicados en las calles que constituyen límites entre dos municipios, se autoriza que compren los residentes en ambos territorios colindantes. Como ejemplo se menciona las tiendas ubicadas en el tramo de la avenida Infanta que expresa el límite de Centro Habana y Plaza podrán comprar los residentes de ambos territorios.
En el caso de los extranjeros con residencia permanente en el país podrán comprar en todos los municipios, así como otras categorías de personas cuyo documento de identidad oficial no contiene la dirección de residencia.
Las cadenas de tiendas de conjunto con el Grupo Temporal de Comercio del CDP trabajarán por lograr una distribución equitativa de los productos de primera necesidad, incluyendo los productos que cubren las necesidades de los niños y adultos mayores, en todos los territorios de la provincia y en especial en los municipios periféricos donde la red no tiene la cobertura deseada.
Los Grupos creados para la organización de la cola deben intensificar las acciones que aseguran el distanciamiento en ellas, el marcaje físico de la ubicación y distancia en las colas, el control en toda su extensión y el combate a todas las manifestaciones de ilegalidad que entorpecen o afectan el comercio de los productos de alta demanda.
La medida será válida hasta que el CDP lo determine.
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