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viernes, 1 de noviembre de 2024

Los símbolos patrios, tesoro nacional y actualidad

Nueva ley cubana flexibiliza el uso de los símbolos patrios con el objetivo de incrementar su presencia en la sociedad y contribuir a la educación cívica de las nuevas generaciones...

Dunia Torres González en Exclusivo 13/03/2019
4 comentarios
Constitutiva-IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular4
Esta es la vía en la que Cuba dice sí al perfeccionamiento, a los cambios, al trabajo que queda por delante y a los retos que faltan por superar

En el V Periodo ordinario de sesiones de la Segunda Legislatura de la Asamblea Nacional del Popular, en el año 1983, Fidel dijo a los cubanos: “…Yo creo que los símbolos representan todas las luchas, porque si vamos a ver lo histórico nada más, la bandera fue la de Narciso López, no se olviden de eso, que fue reivindicada por la sangre de los combatientes de diez años de guerra heroica en el 68, en el 95 y todo lo demás. Se convirtió en el símbolo de los patriotas. No hay que buscar el origen. Y también nosotros luchamos bajo la bandera cubana, el escudo y el himno cubano. Es decir, no representan una parte de la historia, representan toda la historia’’.

Han pasado 36 años de ese momento en el que el líder de la Revolución Cubana expresó esas palabras y su vigencia se mantiene. Con esa guía, los cubanos debaten hoy sus nuevas leyes y las actualizan, según plantea la dialéctica de una sociedad que se ha planteado su perfeccionamiento, desde y hacia todas las esferas.

En edades tempranas, y sobre todo en la etapa escolar, a los cubanos se les enseña a izar la bandera, a doblarla y a preservarla de las inclemencias del tiempo. También se les educa para que, en un acto venerable, se detenga la marcha cuando se escuchan las notas del Himno Nacional. De igual forma, cualquier evento, reunión o actividad solemne no se celebra sin la presencia de la bandera, el escudo y entonando las notas de la marcha combativa, herencia del ilustre bayamés Perucho Figueredo en una época en la que ardía el mayor fervor de las luchas libertadoras del siglo XIX.

Con este sentimiento de respeto y veneración, en Cuba se retoma una de las páginas más sensibles a lo largo de toda la historia, la referente al uso, conservación y honores a rendirle a estos símbolos patrios. Esta revisión se hace procedente, atendiendo a que en el país se desarrollan preceptos constitucionales. En este caso se sistematiza el artículo 4 de la Constitución de la República. Para esto se propone un nuevo proyecto legislativo que se analizará en reuniones territoriales con diputados y directivos de organismos a partir del 27 de marzo y hasta el 3 de abril, y establece el reglamento del uso de los símbolos nacionales con el marcado objetivo de incrementar su presencia en la sociedad. 

Siguiendo los pasos de los que asumieron esta responsabilidad en la primera etapa de la Revolución, en Cuba crece la conciencia cívica y se discuten las nuevas regulaciones que permitirán que se les brinde un valioso legado a las nuevas generaciones, ese tesoro nacional que se impone por encima de cualquier sociedad consumista y de los antivalores que se enfrascan en tomar fuerzas en un país digno, solidario y combativo.

En la redacción de este documento legal participaron especialistas designados por los Ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior, de Educación, Educación Superior, Cultura, Justicia, Relaciones Exteriores, y de las Secretarías del Consejo de Estado y de Ministros, así como de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Se contó con la opinión de reconocidos expertos e historiadores del país, así como se revisaron y tuvieron en cuenta documentos históricos y las actas de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su Segunda Legislatura (1983).

FLEXIBILIDAD DENTRO DE UN ESTADO DE ORDEN Y RESPETO A LA LEGISLACIÓN

Estas normativas puntualizan los contenidos importantes que no se trataron en la anterior ley, o que, sencillamente, los que necesitaban de una mayor precisión. Entre los temas que mayor interés han suscitado en se encuentra el que hace alusión a la flexibilidad del uso de los símbolos nacionales dentro de un estado de orden y respeto. Ya se ha hecho muy frecuente, sobre todo entre los más jóvenes, la tendencia a llevar la bandera cubana en accesorios, gorras, pulóveres, cuadros o artesanías, por lo tanto, la realidad imponía no solo un cambio de mentalidad, sino también de legislación.

Sin embargo, hay cuestiones importantes que no se deben dejar pasar por alto, pues la flexibilización no significa relajamiento. Si bien es cierto que, a partir del momento en que se apruebe la normativa, se podrá izar en horarios nocturnos y emplear en otras finalidades, como en el caso de decoraciones de prendas de vestir, objetos, obras de arte y escritos, se debe tener mucho cuidado con lo concerniente a la publicidad. La ley especifica: “Solo pueden usarse como medio de publicidad cuando trasladen mensajes que fomenten valores patrios en las personas”.

El Escudo, por su parte, “no podrá emplearse como anuncio, marca, símbolo o propaganda comercial; reproducido en artículos de uso no oficial; utilizado en parte o como parte de otras figuras; ni en edificios particulares, documentos no oficiales, o pintado, grabado o dibujado en vehículos, excepto en los pertenecientes a las instituciones armadas”.

Estas normativas tendrán, asimismo, consecuencias económicas en el país, pues, al diversificar los tejidos con los que se pueden elaborar, se deberá incrementar su producción para facilitar su adquisición y uso por todas las personas naturales y jurídicas, de ahí su finalidad de abaratar los costos de la materia prima y prever la responsabilidad de la inversión económica a los órganos, organismos e instituciones del Estado que se encargarán de la confección y comercialización.

DESDE EL VALOR QUE OTORGA LA HISTORIA

Este texto legal será uno de los primeros pasos luego de la aprobación de la Constitución de la República de Cuba el pasado 24 de febrero. Muchos temas comenzarán a ser centro de análisis en las instituciones y organismos pertinentes a la hora de determinar, elaborar y aprobar las leyes que a partir de ahora regirán los destinos de la nación. Esta, referente al uso de los símbolos patrios, no solo nos recuerda cómo fue el proceso de construcción social, sino que nos llama a tener presente la educación cívica de las nuevas generaciones.

Los jóvenes cubanos son conocedores de la historia y tienen presente que las raíces más profundas de la sociedad se encuentran en los valores que acompañaron los procesos sociales, en esos de los que han sido testigos la bandera de la estrella solitaria, el escudo de la palma real y el himno de Bayamo como los símbolos nacionales que representan a Cuba en el contexto nacional e internacional.

Al entrar en vigor, se derogan “la Ley No. 42 del 27 de diciembre de 1983, el Decreto No. 143 de 13 de abril de 1988; se modifica el artículo 1 inciso a) del Decreto No. 141 de 25 de marzo de 1988 y se mantienen las facultades concedidas a los organismos requeridos de implementar el cumplimiento de esta Ley”.

Esta es la vía en la que Cuba dice sí al perfeccionamiento, a los cambios, al trabajo que queda por delante y a los retos que faltan por superar…


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Dunia Torres González

Periodista

Se han publicado 4 comentarios


Verónica
 2/4/19 12:13

Por favor, alguien me puede explicar como quedó la Ley de símbolos patrios porque no veo nada de lo que dicen aquí. El artículo 2 solo dice el nombre del estado es...., y los símbolos patrios son...., pero todos estos artículos donde se habla con especificaciones, dónde los encuentro??????

 

senelio ceballos
 15/3/19 2:07

Cuidado la ley no salga,,,,,FANATICA...y los turistas no puedan comprar SUVENIRS.con la banderita cubana...Cuidado  con los redactores que tenemos algunos mas politcos  que econoicos!!!

Andrés
 13/3/19 21:27

Una regulación importante es esta ley de SN mi observación es en relación al uso de las banderitas de papel en concentraciones y marchas y su destino de muchas al final de esas actividades.

Malena Garcia
 13/3/19 14:39

Considero que esta ley ya venía haciendo falta. Gracias a la autora por esclarecer y contextualizar un poco al respecto, y a Cubahora por la divulgación. Es necesario que temas como este, de nuestro símbolos y atributos patrios, se sigan socializando, y que las personas empiecen a concientizar sobre su utilidad y sobre el respeto q estos se merecen. 

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