A partir de mañana entrarán en vigor el Decreto-Ley 289, tres resoluciones complementarias del Banco Central de Cuba (BCC) y una instrucción del Ministerio de Economía y Planificación, con el objetivo de ampliar la política crediticia cubanay otros servicios bancarios.
De acuerdo con las nuevas regulaciones, que incrementan y diversifican la oferta de crédito a personas naturales, podrán acceder al crédito aquellos individuos autorizados a ejercer el trabajo por cuenta propia y otras formas de gestión no estatal, los agricultores pequeños que acrediten legalmente la tenencia de la tierra, quienes pretendan comprar materiales o pagar mano de obra para acciones constructivas para edificar sus viviendas por esfuerzo propio, y las personas naturales en general que precisen adquirir bienes para su propiedad personal, modalidad esta que se aplicará progresivamente, en la medida en que lo permitan las condiciones del país.
Para el otorgamiento de créditos -que será siempre en pesos cubanos- los bancos Popular de Ahorro, Metropolitano y de Crédito y Comercio habilitarán cerca de 500 sucursales en todo el país.
Por otra parte, con la Instrucción Número 7 del MEP se flexibilizan y eliminan las limitaciones existentes en cuanto a la contratación de los servicios de cuentapropistas por las entidades estatales y se establecen las indicaciones para ello, al tiempo que se da cumplimiento al lineamiento número 10 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.
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