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jueves, 15 de mayo de 2025

Beneficios arancelarios sí, pero sin violar nuestras normas aduaneras

Con carácter temporal, hasta el 30 de septiembre, las personas naturales estarán exentas del pago del impuesto aduanero cuando importen, sin fines comerciales, un grupo de productos de primera necesidad...

Fidel Benito Rendón Matienzo en Exclusivo 02/05/2025
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Beneficios arancelarios sí, pero sin violar nuestras normas aduaneras
Beneficios arancelarios sí, pero sin violar nuestras normas aduaneras

La prórroga cada cierto tiempo de los beneficios arancelarios a la importación por personas naturales de alimentos, aseo, medicamentos, insumos médicos y plantas eléctricas, siempre es muy bien recibida en el seno de la población por cuanto ayuda a sortear las necesidades que tenemos en tan vitales productos.

Desde este primero de mayo y hasta el 30 de septiembre estarán en vigor las resoluciones 139 y 140, del Ministerio de Finanzas y Precios de y normativas del Ministerio de Salud Pública y de la Aduana General de la República (AGR), que amparan la continuidad de esa medida del gobierno cubano, tras vencerse el 30 de abril el período anterior de prórroga.

Sin dudas, una alternativa para la obtención de renglones de primera necesidad deficitarios en el país, pues persisten las limitaciones a partir del recrudecimiento del bloqueo estadounidense, y en el caso de las plantas eléctricas dado los altos déficit de energía que aún existen en medio de los esfuerzos por recuperar el sistema eléctrico nacional.

En todos los casos se trata de la exención del pago del impuesto aduanero a esos productos.

La Aduana continuará reforzando las medidas de control

Pero aún cuando se ha insistido en el carácter no comercial de tales importaciones hay quienes han intentado aprovecharse de la ocasión para enriquecerse o introducir en el territorio nacional, de manera enmascarada, productos no contemplados en esas regulaciones del Estado.

De acuerdo con datos oficiales, en la implementación de esta medida temporal se han identificado personas que, con fines de lucro y no para satisfacer consumos personales y familiares, utilizan los beneficios arancelarios establecidos.

Por ejemplo, en 2024 se registraron 118 infracciones relacionadas con las exenciones arancelarias; y en el primer trimestre de 2025 se reportan 104 a partir de las cuales han sido decomisados 8 978 kg entre medicamentos, alimentos y aseo como parte de las acciones de control en frontera.  

La Aduana General de la República continuará reforzando las medidas de control para contribuir a que no se desvirtúe el objetivo con el que se adopta la extensión de este beneficio, dice un comunicado al respecto.

La institución ha establecido las “Reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales”,  determinando que sean de manera ocasional y para uso personal, familiar o del hogar, mediante equipajes, envíos, menajes u otras cargas autorizadas.

Entraron en vigor el 15 de agosto de 2022 y, por ejemplo, en caso de apreciarse que existe evidente carácter o fin comercial, por exceso de las cantidades de un mismo producto, se aplica lo establecido en las “Disposiciones Comunes para la determinación del carácter comercial de las importaciones no comerciales”.

Por eso también se insiste que los alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos que sean importados sin fin comercial vengan como parte del equipaje del pasajero.

En el caso de los envíos, se presentarán ante la Aduana en bultos separados del resto de los productos, para la aplicación de los beneficios establecidos en las normas jurídicas aprobadas.


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Fidel Benito Rendón Matienzo

Periodista con 40 años de experiencia, dedicado actualmente a temas económicos, merecedor en 2022 del Premio por la Obra de la Vida, durante 20 años ocupó diversas responsabilidades, además de ser tutor y miembro de Tribunales de Tesis de Grado e integrar jurados de concursos nacionales de Periodismo, de la UPEC y la ANEC.

Se han publicado 1 comentarios


AAD
 14/5/25 20:08

Tenemos que tener cuidado no nos tilden de ingenuos al no chequear realmente el carácter comercial de la mayoría de las cargas que seguimos autorizando y que la Aduana podrá controlar las declaraciones pero que finalizan vendiéndose en las calles y barrios de Cuba y que unicamente las autoridades municipales e inspectores estatales pueden brindar adecuado seguimiento al tema. Para nadie es un secreto que mucho del aseo que revenden mipymes y particulares en cualquiera de las vendutas que vemos a diario, proceden de los mismos parquetes que exceptuamos de impuestos lo que al igual que muchas de las medicinas que revendedores y especuladores negocian a cualquier precio sin importar la necesidad que nino o persona enferma tenga, estamos faclitándole el bolsillo a un grupo de inescrupulosos bandidos que ni licencia de vendedores tienen y mucho menos permiso para el expendio de medicamentos de manera ambulatoria.

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