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viernes, 22 de noviembre de 2024

Amplían facilidades de arrendamiento a particulares (+ Gaceta)

Trabajadores de las empresas provinciales de Servicios Personales, Técnicos y del Hogar podrán arrendar locales y áreas como trabajadores por cuenta propia

en Cubadebate 26/12/2011
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Trabajores por cuenta propia
Los trabajadores de servicios personales podrán arrendar locales y áreas de trabajos.

A partir del primero de enero del 2012, y de forma gradual durante ese año, trabajadores de las empresas provinciales de Servicios Personales, Técnicos y del Hogar podrán arrendar locales y áreas como trabajadores por cuenta propia, de acuerdo con una nota publicada hoy por el diario Granma.

Estas facilidades están normadas por las resoluciones 516, 46, y 409 de los ministerios de Comercio Interior, Trabajo y Seguridad Social, y Finanzas y Precios, respectivamente, publicadas hoy en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 46 del 23 de diciembre del 2011.

La medida comenzará a aplicarse en seis provincias: Pinar del Río, La Habana, Matanzas (solo para la zona de la Península de Hicacos en esta etapa), Villa Clara, Ciego de Ávila y Las Tunas, e irá abarcando el resto del país de forma progresiva.

Como mismo se reguló para el caso del arrendamiento de barberías y peluquerías de uno a tres sillones pertenecientes a las empresas provinciales de Servicios Personales, Técnicos y del Hogar, los inmuebles y los medios de trabajo que se incluyan en el contrato de arrendamiento permanecerán como propiedad del Estado. No obstante, con la nueva modalidad, los trabajadores establecerán los horarios y precios de los servicios que oferten.

Dentro de las actividades que integran este sistema de gestión económica se encuentran algunas como carpintero, fotógrafo, reparador de artículos de joyería, de colchones, de enseres menores, y de equipos eléctricos y electrónicos. También: tapicero, amolador, cerrajero, relojero, zapatero remendón, y otras labores de servicios, aprobadas dentro del trabajo por cuenta propia.

Se continúa avanzando así en el cumplimiento del Lineamiento 308, el cual aprobó la introducción de formas no estatales en el comercio, fundamentalmente en los servicios gastronómicos, personales y técnicos de uso doméstico.


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